Comenzamos este rapaso por el olivar, escenario típico para muchos cazadores, que comprueban cómo las poblaciones de conejos en estas zonas no sólo se mantienen, sino que aumentan año tras año.
El olivar, además de buenas oportunidades, tiene buenos tiraderos para el cazador que aprende a moverse bien entre olivos. En estos lugares debemos procurar avanzar amparados por los propios olivos, pegados a una hilera de árboles, deteniéndonos de vez en cuando para estar atentos a los conejos que salen de los alrededores.
Y es que en este terreno hay que educar la vista, pues los conejos están encamados al pie del olivo o en las brozas que lo rodean, por lo que hay que mirar bien las zonas aledañas, y pisar estas matas para tirar conejos.
Si entramos muy temprano veremos muchos conejos que se mueven ante nuestra llegada; por lo que debemos parcelar el cazadero, entrando primero a aquéllas zonas donde los vivares están en los claros entre olivos para intentar tirar algún conejo – en este caso serán disparos a media distancia-, dejando para más tarde otras zonas donde tiraremos a conejos prácticamente pisados en nuestro avance, olivo por olivo.
Cómo cazar conejos en linderas con girasoles
En los límites de los campos de girasol se tiran muchos conejos, sobre todo si en las inmediaciones tenemos rastrojos de trigo, llanos de brozas, o un olivar, siendo la trayectoria de los disparos en diferente sentido según los campos que tengamos justo en la linde de los girasoles.
Esto hay que tenerlo en cuenta para los adelantos, pues tiramos casi siempre conejos cruzados. Así, si somos diestros y cazamos la linde de los girasoles con un rastrojo o terreno baldío, la mayoría de los lances serán desde estas zonas hacia los girasoles, por lo que avanzando teniendo éstos a nuestra izquierda, los disparos necesitan un adelanto justo, no demasiado largo.
Del mismo modo, y avanzando en el mismo sentido, si tenemos un olivar, seguramente los conejos saldrán en sentido contrario, es decir, de los girasoles hacia los olivos, donde se refugian muchos conejos, por lo que el disparo será de izquierda a derecha, debiendo adelantar más que en los lances anteriores para compensar nuestro menor giro de cadera hacia ese lado.
Fechas hábiles para la caza del conejo en verano
Aunque anteriormente ya os adelantamos las fechas hábiles que, de manera provisional, se conocían a mediados del mes de junio, os ofrecemos de nuevo el calendario, incluyendo las últimas fechas publicadas en las últimas semanas sobre los periodos hábiles para la caza de conejo en verano, y de los que hemos venido informando en ElCotodeCaza.com. No obstante, seguimos recomendándoos que consultéis con la comunidad autónoma correspondiete para cercioraros.
- Andalucía: del 12 de julio al 6 de septiembre, los jueves,
sábados, domingos y festivos; y en Almería los viernes, sábados,
domingos y festivos. Solamente se podrán utilizar perros a partir del
15 de agosto.
- Castilla-La Mancha: en los cotos en los que la producción
agrícola o forestal se vea afectada por las poblaciones de conejos, y
no tuvieran contempladas medidas de control en la resolución
aprobatoria del Plan Técnico de Caza del coto, previa solicitud de los
titulares cinegéticos, la Delegación Provincial podrá autorizar dentro
del período comprendido entre el 1 de junio y el 14 de agosto, en las
condiciones que estime oportunas la caza de conejos con escopeta
durante un período de tiempo que no podrá ser superior a cuatro
semanas, no permitiéndose el empleo de perros hasta el día 1 de agosto.
- Extremadura: Excepcionalmente se autorizará su caza, por un máximo de cuatro días, entre el 15 de julio y el 15 de agosto, en aquellos terrenos cinegéticos donde la población de esta especie sea realmente abundante o resulte perjudicial para la agricultura o exista incidencia elevada de mixomatosis. En cotos intensivos que cumplan el condicionado anterior podrán autorizarse un máximo de 8 días.
- Madrid: en los cotos privados de caza, donde sea aconsejable
reducir la densidad del conejo para disminuir la propagación de la
mixomatosis y la neumonía hemorrágica vírica, podrá autorizarse, en las
condiciones que la Consejería competente en materia de medio ambiente
determine, la caza con escopeta los jueves y domingos comprendidos
entre el día 13 de junio y el día 25 de julio, no permitiéndose el uso
de perros.
- Murcia: en cotos autorizados, con arma de fuego, del 14 de
junio al 2 de agosto, los jueves, sábados, domingos y festivos,
limitándose, por cazador y escopeta, el auxilio de dos perros.
- Navarra: el borrador de la Orden General de Vedas de Navarra
para la temporada 2010-2011 dice textualmente: “Los cotos que
justifiquen daños de conejo, (al haber tenido autorizaciones de caza de
conejo por daños), o aquellos cotos que tengan un IKA de conejo mayor
de 3 en todo el acotado o en zonas concretas establecidas al efecto en
los P.O.C., podrán cazar asimismo en estos lugares desde el 1 de agosto
de 2010 hasta el 10 de octubre de 2010, los sábados, domingos y
festivos, de forma organizada. En estas cacerías deberán contar
obligatoriamente con un guarda. Para ello se notificará previamente al
Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, los días concretos
de caza, la justificación de los daños y la contratación del guarda”.
- Baleares:
- Mallorca: en cotos se autoriza solo con escopeta, en el
sistema tradicional de espera (lugar fijo), o con ave de cetrería (sin
perros), desde el 25 de junio al 18 de julio los jueves, sábados y
domingos. A partir del 19 de julio (o desde el 5 de julio en los cotos
que así lo notifiquen) y hasta el inicio de la media veda, se puede
cazar sólo con escopeta los jueves y domingos y con perros podencos
ibicencos los martes y sábados. Desde el 19 de julio y hasta el inicio
de la media veda, se podrá cazar con aves de cetrería los martes,
jueves, sábados y domingos, y desde la media veda hasta el cierre de la
caza menor en general, también los festivos.
- Menorca: del 26 de julio al 27 de diciembre. Durante el
período comprendido entre la apertura de la caza del conejo hasta el
inicio de la caza menor, se puede cazar los sábados, domingos y
festivos con escopetas y/o perros, y los jueves sólo con perros.
- Ibiza: del 26 de julio al 3 de enero. Durante el período
comprendido entre el 26 de julio y la apertura de la caza menor en
general, sólo se puede cazar con perros, sin escopeta. Los cotos que
así lo notifiquen podrán empezar la caza con perros sin armas el 5 de
julio. Días hábiles: martes, jueves, sábados, domingos y festivos.
- Formentera: del 26 de julio al 3 de enero. Hasta la apertura
de la caza menor sólo se puede cazar con perros, sin escopeta. Los
cotos que así lo notifiquen podrán empezar la caza con perros sin armas
el 5 de julio. Días hábiles los martes, jueves, sábados, domingos y
festivos.
- Comunidad Valenciana: En terrenos acotados, caza con perros y sin
armas desde el 18 de julio hasta el cierre de la temporada general. Se
establece un máximo de 8 perros por cazador y 15 por grupo. En zonas
comunes, caza con perros y sin armas desde el 18 julio de julio al 26
diciembre, los jueves, sábados, domingos y festivos. Se establece un
máximo de 8 perros por cazador y 15 por grupo.
- Canarias:
- Gran Canaria: se autoriza la caza de conejo con perro y hurón del 1 de agosto al 31 de octubre. Los días hábiles de caza serán los jueves, domingos y festivos, salvo el día 8 de septiembre.
- Tenerife: la caza de conejo con perro y hurón se autoriza entre el 1 de agosto y el 9 de septiembre, y del 12 de septiembre al 14 de noviembre para cazar conejos con perro, hurón y escopeta. Los días hábiles para la práctica de la caza serán los jueves, domingos y festivos de ámbito nacional y autonómico.
- Fuerteventura: los días hábiles para la caza de conejo con perro de pelo y hurón serán los días 15, 22 y 29 de agosto; 5, 12, 19 y 26 de septiembre; y 3, 10, 12, 17, 24 y 31 de octubre.
- Lanzarote: la caza de conejo con perro podenco y hurón se autoriza los jueves y domingos entre el 8 de agosto y el 31 de octubre.
- La Gomera: la caza de conejo con perro y hurón se autoriza los domingos desde el 1 de agosto al 5 de septiembre y los días 4 y 12 de octubre, desde la salida del sol hasta las 15.00 horas.
- El Hierro: se permite la caza de conejo con perro y hurón entre el 1 de agosto y el 28 de noviembre; y con perro, hurón y escopeta, del 12 de septiembre al 14 de noviembre. Los días hábiles serán los jueves y domingos, y el 12 de octubre,
- La Palma: se autoriza la caza de conejo con perro, hurón y escopeta desde el 1 de agosto al 5 de diciembre.
(Texto: Miguel F. Soler. Fotos: Alberto Aníbal-Álvarez)