



La Comisión Europea ha reiterado la "ilegalidad" de la caza con parany en una respuesta a una pregunta realizada por el eurodiputado de Iniciativa, Raül Romeva, en la que pedía a la institución que especificase las medidas que pensaba adoptar para cumplir la Directiva de Aves 2009/147/CE "ante la flagrante permisividad de las autoridades españolas con la práctica de la caza con parany".
La CE explica en su respuesta que la caza con liga mediante el método conocido como parany se utilizaba tradicionalmente en la Comunitat Valenciana y otras regiones para capturar pájaros de la familia Turdidae, así como que en España se pueden cazar varias especies de esta familia, pero no con el método citado, que es contrario a la Directiva 2009/147/CE, por lo que la captura de estos pájaros "solo puede autorizarse cuando los Estados miembros garantizan que su caza no pone en peligro los esfuerzos de conservación realizados en su zona de distribución".
La Comisión Europea recuerda que interpuso una demanda contra España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por permitir la caza con parany en la Comunitat Valenciana . En su sentencia de 9 de diciembre de 2004 en el asunto C-79/03, el Tribunal declaró que España había incumplido las obligaciones que le incumbían en virtud de la Directiva sobre las aves al permitir la caza con liga en dicha comunidad.
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