



Un usuario de una carretera en el área del coto de Silleda había denunciado daños en el vehículo al «irrumpir súbitamente un jabalí en la carretera» el 31 de enero de 2009.
El recurso incidía en señalar que el día del incidente no había existido caza y en que tampoco había defecto en la conservación del coto. La persona afectada adujo contra el recurso que no podía ser acogido al no consignarse cuantía económica y que en el juicio quedó probada la responsabilidad de la sociedad de caza.. La Audiencia no pasó de la primera parte al estimar que el recurso no debió ser admitido porque era exigible el depósito y desestima el recurso.
Una información de La Voz de Galicia.









