



La práctica desaparición de la vegetación natural (lindes, sotos, ribazos, riberas, enclaves forestales) como consecuencia del uso de técnicas agrícolas modernas, la disminución de la prevalencia de enfermedades y el decrecimiento del número de depradadores, han propiciado el aumento de la población de conejos en varios términos municipales de Cádiz, Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla, con el consiguiente incremento en los daños que causan a la agricultura.
“Nos encontramos ante condiciones similares a las que en su momento dieron lugar a la declaración de emergencia cinegética temporal en varios términos municipales de las citadas provincias” la pasada temporada, dice la resolución de Medio Ambiente.
Por ello, “se hace necesaria la adopción de medidas excepcionales y transitorias” para controlar la población de estos roedores y llevarlas “a densidades compatibles con los intereses agrícolas”.
Según la Resolución, la Consejería de Medio Ambiente permitirá la captura de conejos con hurón y red, captura en vivo mediante capturadero, y su caza con armas de fuego todos los días de la semana entre el 6 de septiembre y el 9 de octubre, y desde el 29 de noviembre al 24 de abril de 2011. Igualmente, se podrán emplear perros desde el 15 de agosto y hasta el13 de febrero de 2011, no pudiéndose emplear más de tres canes por cazador.
Igualmente, durante la temporada hábil de media veda y caza general 2010/11, las medidas a aplicar en cuanto a días hábiles, número de cazadores/jornada, cupos, etc. serán las contempladas en los planes técnicos de caza, así como en la Orden del 1 de junio, que contenía los periodos hábiles de caza mayor y menor en Andalucía para la campaña 2010/11.
Por otra parte, quedan suspendidas las autorizaciones de control de daños por depredadores, con excepción de los perros y gatos asilvestrados, así como la suelta y repoblación de conejos.
Esta Resolución estará en vigor durante toda la temporada de caza 2010/11, aunque “podrá quedar suspendida en su conjunto o en parte de los términos municipales […] en el momento en que se constate que han desaparecido las causas que han motivado su declaración”, dice el texto.
Los términos municipales afectados por esta resolución son los siguientes:
1. Cádiz: Algar, Alcalá de los Gazules, Arcos de la Frontera, Benalup, Bornos, Chiclana de la Frontera, Chipiona, Conil de la Frontera, El Puerto de Santa María, Espera, Jerez de la Frontera, Medina Sidonia, Paterna de la Rivera, Puerto Real, Rota, San José del Valle, Sanlúcar de Barrameda, Trebujena, Vejer de la Frontera y Villamartín.
2. Córdoba: Aguilar de la Frontera, Baena, Benamejí, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, Castro del Río, Córdoba (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Encinas Reales, Espejo, Fernán Núñez, Lucena, Moriles, Montalbán, Montemayor, Montilla, Monturque, Palenciana, Puente Genil, Santaella y Villa del Río.
3. Jaén: Arjona, Arjonilla, Baeza, Begíjar, Cazalilla, Espelúy, Fuensanta de Martos, Ibros, Jabalquinto, Jaén, Jimena, La Higuera, Lopera, Mancha Real, Martos, Mengíbar, Porcuna, Sabiote, Santiago de Calatrava, Torredonjimeno, Torresblascopedro, Torres, Úbeda y Villatorres.
4. Málaga: Alameda, Almargen, Almogía, Antequera, Archidona, Campillos, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Valle de Abdalajís, Villanueva de Algaidas, Villanueva de la Concepción, Villanueva de Tapia, Villanueva del Rosario y Villanueva del Trabuco.
5. Sevilla: Alcalá de Guadaíra, Arahal, Badolatosa, Cabezas (Las), Carmona, Dos Hermanas, Écija, Estepa, Gilena, Herrera, Lebrija, Lora de Estepa, Los Molares, Los Palacios y Villafranca, Marchena, Morón de la Frontera, Osuna, Paradas, Roda de Andalucía (La), Rubio (El) y Utrera.









