Condenan a un coto por no impedir a los animales la entrada en la autovía

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La Audiencia Provincial de León ha condenado a la sociedad de cazadores titular de un coto de caza al pago de 3.546,27 euros por los daños materiales ocasionados en un coche por la irrupción de un jabalí en la autovía A-6, en Riego de la Vega.

La sentencia se dicta en apelación, después de que el Juzgado de Primera Instancia número 2 de La Bañeza no viese responsabilidad en la sociedad por lo ocurrido, al considerar que el vallado de la vía de comunicación se encontraba en buen estado.

Sin embargo, el fallo de primera instancia no se ajusta a la doctrina de la Audiencia, según recoge la sentencia de su Sala Primera. En el recurso presentado por la representación legal del perjudicado se apela a ésta y se señala que en el proceso no se acreditó la diligencia en la conservación del terreno acotado, cuyo titular es el Club Asociación de Cazadores la Torca. El accidente se produjo el 2 de julio del 2010, en el kilómetro 314,400, en las inmediaciones de un coto con la mayor parte de su superficie en Riego de la Vega, pero que también coge terrenos de Toralino y San Félix.

La magistrada no aprecia responsabilidad en el conductor y propietario del vehículo, «quien no pudo evitar el atropello, ante la improvista e inesperada aparición en la calzada del jabalí y, sin que, por otra parte, haya dato alguno del que se pueda deducir que dicho conductor circulara a velocidad excesiva o que infringiera alguna norma de circulación, que resultara ser la causa determinante del atropello». También establece que el siniestro no fue «consecuencia directa de la acción de cazar» y rechaza el razonamiento de la representación del coto sobre el mantenimiento del vallado de la autovía, por el que la responsabilidad del accidente podría imputarse a la Administración titular de ésta o a la empresa encargada de su conservación.

La magistrada recuerda la obligatoriedad legal de los titulares de cotos de caza —según establece la normativa estatal, aplicable para el caso en Castilla y León— de tomar medidas encaminadas a impedir que las especies cinegéticas accedan a la vía pública. «El hecho de que la autovía esté vallada no le exonera de adoptar otras medidas que acrediten que se ha empleado la debida diligencia en la conservación del acotado, y ello para evitar el peligro» que para el tráfico rodado pueden representar las piezas.

Más informaciçon en el Diario de León.


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La sentencia parece una broma de mal gusto. La jueza no tiene ni puñetera idea de lo que es un animal SALVAJE.

Saludos.

Increible y lamentable!! Injusto, además en Julio si no es por daños en nuestro país el jabalí no se caza, por lo tanto ningún cazador molestó al bicho!! Los bosques y sus animales son de los cazadores? si es así los fines de semana cuando cazamos, solo tendriamos que estar los cazadores dentro del bosque, en cambio a veces parece un circo, aunque informes con placas que se està realizando una batida de jabalí...
Desgraciadamente veo que aún se dan sentencias de estas... en mi coto (Catalunya) hace un par de temporadas que afortunadamente los jueces fallan a nuestro favor. Pero también se algún caso de algun coto cercano que los jueces dicieron que el vallado de la autovia era responsabilidad del coto en questión, lo que me deja ACOJONADO!! Al final la caza mayor será inviable si los cazadores tenemos que ser los responsables de los accidentes en carretera y de los daños en cultivos... A ver si dejando de cazar 4 o 5 años la administración tendrá que pagarnos por cada jabalí que matemos....

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