La RFEC alega al proyecto de modificación del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería

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La Real Federación Española de Caza (RFEC) ha presentado ante el Ministerio del Interior, alegaciones al proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.
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Cartuchos para la caza.

En primer lugar, y con el fin de evitar reiteraciones, la RFEC se adhiere a las alegaciones formuladas por el sector de armeros y fabricantes de armas.

En segundo término. En lo que afecta a los cazadores, el artículo 36.4 debe quedar redactado de la siguiente forma:

“4. Sin necesidad de presentar documento alguno, ni practicar asientos en los libros-registro del establecimiento vendedor, podrá adquirirse un número ilimitado de cartuchos de caza no metálicos.

En ningún caso, los particulares podrán tener en depósito un número superior de 5.000 unidades de esta clase de cartuchos”.

La RFEC justifica esta modificación en los siguientes puntos:

*Así se ha venido haciendo tradicionalmente sin problemas para nadie.

*Es una molestia innecesaria para el cazador y para el establecimiento vendedor, sobre todo teniendo en cuenta el grandísimo número de cartuchos que se venden al año.

*No genera más que burocracia sin solucionar problemas que no existen.

*No tiene ninguna utilidad práctica para nadie, ni para la Administración pública ni para los cazadores.

*No encuentra justificación en medidas de seguridad de clase alguna.

Teniendo en cuenta los anteriores puntos, la Federación solicita que se tenga por evacuado el trámite de alegaciones y a su tenor se acuerde dar al artículo 36.4 la redacción que más arriba se propone.

 


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